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El Dictador: Su enriquecimiento

En 1943, el jefe virtual del GOU no tenía otra fortuna que el sueldo de su grado militar y los pocos ahorros acumulados durante el curso de su carrera.

Seis años después, con tres de ejercicio de la primera magistratura, reunió en su despacho a periodistas nacionales y extranjeros con el fin de que presenciaran su entrega al escribano general de gobierno de la Nación, de la declaración jurada de sus bienes, previa lectura de la misma.

Los bienes declarados, que a esa fecha poseía juntamente con su esposa, eran los siguientes: una quinta con casa habitación en San Vicente, Buenos Aires, con dieciocho hectáreas; un automóvil Packard; efectos personales. Bienes testamentarios indivisos; establecimiento de campo en Sierra Cuadrada, Comodoro Rivadavia, con instalaciones y hacienda; una bóveda en el cementerio de la Chacarita y un terreno en el pueblo de Roque Pérez, Buenos Aires. Se declaró deudor, asimismo, del Banco Hipotecario Nacional por la suma de 50.000 pesos, de un gravamen sobre la casa quinta.

Al día siguiente de estallar la revolución, cuando la suerte de la Nación se iba a decidir por las armas y mientras exponían sus vidas militares y civiles –dijo la Suprema Corte al resolver sobre el destino del patrimonio acreditado después del 4 de junio de 1943-, el entonces presidente de la República solo se preocupó de la administración de sus bienes, ya notablemente superiores, otorgando ante el escribano Raúl F. Caucherón un poder amplio de administración a favor de Ignacio Jesús Cialceta y Atilio Renzi. La investigación posterior reveló que el presidente depuesto poseía, solamente en el país, una cuantiosa fortuna. Además de los bienes denunciados seis años antes, continuaba como propietario de la finca de San Vicente, pero con mejoras por valor de 3.410.000 pesos. Poseía, además los siguientes inmuebles: Gelly y Obes 2287/89, de ocho pisos y terraza; Callao 1944, con igual cantidad de plantas y 17 departamentos; Teodoro García 2101, con tasación judicial de 545.000 pesos; una finca en Casa Grande, Córdoba, con valuación fiscal de 160.000 pesos. Poseía, también, acciones del establecimiento Santa María del Monte, Buenos Aires, por tres millones de pesos, que Juan Duarte entregó a Héctos J. Díaz, presidente entonces del Banco de la Provincia de Buenos Aires, para ser depositadas con la manifestación de que “solo podía disponer de ellos Juan D. Perón”, acciones de la Territorial La Victoria S.A., del Uruguay, por 200.000 pesos oro uruguayo. En dinero, además de depósitos bancarios por 50.000 pesos, tenía a su sola disposición y sin cargo de rendir cuentas, la suma de 5.623.707 pesos correspondientes a la ex Fundación. Por otra parte, en sus diversas residencias se encontraron mil doscientos plaquetas de oro y plata, 756 objetos de platería y orfebrería, 650 alhajas, 144 piezas de marfil, 211 motocicletas y motonetas, diecinueve automóviles, un avión, dos lanchas, 394 objetos de arte, 430 armas antiguas y modernas, además de otros objetos valiosos.

El apoderado del ex mandatario, al presentarse ante la Junta de Recuperación Patrimonial, manifestó que todos esos objetos provenían de obsequios, por lo que le pertenecían en forma legítima, pero –señala aquella decisión- no acreditó que ese enriquecimiento haya tenido una causa jurídica válida. Este fenómeno de las donaciones –agregase- es extraño a las tradiciones civiles y políticas de nuestro país. Ningún presidente argentino ha recibido jamás tal suma de regalos de valor. No bastaría para justificarlo invocar su popularidad pues también fueron indiscutiblemente populares Mitre, Sarmiento, Sáenz Peña e Yrigoyen, y todos ellos dejaron el poder más pobres que en el momento de asumirlo.

La explicación de esa cantidad de donaciones reconoce otros motivos, y se basa en la enorme suma de poder que acumuló, aniquilando los derechos y garantías de la Constitución y suprimiendo el orden jurídico. Cuando esto llega a ocurrir en el país –dijo la Corte- los ciudadanos no disponen de derechos sino de concesiones de la autoridad, complaciéndose al poderoso con “donaciones” o con expresivas muestras de lealtad, así se organizaban por agentes vinculados al gobierno, colectas de fondos para regalos al ex mandatario o su esposa, como también adhesiones a su política y a su persona.

Es cierto que fueron donaciones, pero tuvieron una causa ilícita y, por lo mismo, ningún título legítimo puede fundarse con respecto a las cosas así adquiridas.

Razón se ha tenido al afirmar que la adjudicación al Estado de los bienes obtenidos por medios ilícitos o con causa ilícita, constituye una sanción que el derecho privado ha incorporado a los códigos modernos “El decreto 5.148/55 está dentro de la tradición jurídica al disponer que los enriquecimientos ilegítimos obtenidos por los funcionarios del régimen depuesto y sus cómplices pasen al patrimonio de la Nación. Mucho habría retrocedido moralmente la humanidad, si en 1957 un tribunal de justicia de cualquier país del mundo pudiese declarar legítimo lo que hace más de treinta siglos se denunciaba como corruptor y deshonesto”.

Con ser muchos los bienes que el dictador poseía en nuestro país, presumiblemente no alcanzan ni remotamente a los que dispone en el exterior. Aunque no ha sido posible investigar a este respecto, no cabe duda que fue el principal beneficiario de los grandes negociados hechos con su consentimiento, los cuales no tendrán sentido sin esa razón.


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